"...En cumplimiento de la comisión, este, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Hizo ENTREGA MATERIAL Y JURÍDICA, libre de bienes y personas a la parte actora ejecutante CORPORACIÒN PEFKI C.A., en la persona de sus apoderados judiciales abogados JOSÈ SANTIAGO RODRÌGUEZ y ESMELI ROJAS BOLÍVAR antes identificados, el siguiente Inmueble constituido por "Un local comercial distinguido con el Nro. 3-A, de 200 metros cuadrados, del edificio Centro Comercial el Indio, Mezzanina dos (02), ubicado en La Calle Este Dos, entre las esquinas El Cuji a Romualda, Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital", quienes lo recibieron conformes con las llaves de sus puertas, y vista la solicitud formulada por los apoderados de la parte actora ejecutante, este tribunal se abstuvo de practicar la medida de Embargo Ejecutivo comisionada y ordeno la devolución de la comisión con sus resultas al Tribunal de la Causa..."