Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva por cuanto se observa que el acta que se solicita rectificar se encuentra en los Libros de Registro Civil de Nacimientos del Registro Municipal San Simón, del Municipio Simón Rodríguez del Estado Táchira, en consecuencia le corresponde conocer la presente causa un Tribunal de esa Jurisdicción; por lo cual este Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, procediendo de conformidad con lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer la presente causa.