Fue practicada la medida de embargo ejecutivo sobre la cuenta de ahorros Nº 01050091500091234557, del Banco Mercantil, a nombre del ciudadano RAMÓN JUVENAL MUÑOZ MONAGAS, hasta por la cantidad de TREINTA MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 30.216,62), todo de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, ya que la presente causa, trata del Cumplimiento de Obligación de Manutención, estipulado en la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescentes, y fue entregado cheque de gerencia a la parte actora ciudadana YORAIMA MILAGROS VELASQUEZ, quien lo recibio en el acto.