Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Maria De Jesús Ramos Guedez y Rolando Pacheco, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.346.127 y V-9.935.229, respectivamente. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 19 de marzo de 2004, ante la Primera Autoridad Civil de Municipio Baruta Distrito Sucre del Estado Miranda, consignando a tales efectos copia certificada del acta de Matrimonio, asentada bajo el Nº de Acta 129, Folio 129, Tomo 01, de fecha 23 de septiembre de 1987, en el libro de Registro Civil. TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas d.....