Del recuento anterior y vistas las notificaciones libradas, quien suscribe verificada la existencia de un litis consorcio pasivo en la cual esta involucradas tanto personas naturales como jurídicas, evidencia que las notificaciones cumplieron su fin al comparecer la representación judicial de los codemandados indicados en el acta levantada en fecha 23 de mayo de 2016, motivo por el cual se considera que las partes se encuentran debidamente notificadas, y asimismo este Juzgado fija la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa para el día veintisiete (27) de junio de 2016 a las 10:30 a.m., finalmente se ordena librar oficio de remisión, una vez vencido el lapso para que las partes ejerzan los recursos pertinentes. Finalmente, es necesario señalar que el día de hoy, no se encuentra operativo el Sistema JURIS 2000; sin embargo, visto que en este Circuito Judicial se ha dado despacho, la presente actuación se incorporan al físico del expediente y se diariza manualmen.....