este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 31 de marzo de 2017 por el abogado NOEL SANTAELLA, en su condición de apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 24 de marzo de 2017 dictada por el Juzgado Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: REVOCA la sentencia apelada. TERCERO: ORDENA al Juzgado Décimo Octavo (18°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que una vez recibido el expediente, dentro de los 5 días de despacho siguientes dicte sentencia en la cual tome en cuenta el efecto de la incomparecencia de la parte demandada a la audie.....