Por los motivos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 19 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA ADHESIÓN A LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra el auto de fecha 19 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE ORDENA al Juez a quo admitir la prueba de informe promovida por la parte demandada al capitulo tercero del escrito de promoción de pruebas descritas desde el numeral 1 al 8. CUARTO: SE MODIFICA el auto apelad.....