Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la entidad de trabajo EVER GOLD SECURITY SERVICES, C.A., contra la providencia administrativa n° 00010-14 de fecha 28 de enero de 2014, y planilla de liquidación de la misma fecha emanadas de la inspectoría del trabajo en el distrito capital, municipio libertador, sede norte, adscrita al Ministerio del Poder Popular Para el Proceso Social del Trabajo.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena la notificación de las partes que integran el presente asunto, en el entendido que una vez conste en autos la última de las notificaciones comenzarán a transcurrir los cinco (5) días .....