Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en apego a las normas contenidas en los artículos, 12, 242, 243, 244 y 307 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 31 de marzo del año 2023, por la ciudadana OMAIRA ELENA SÁNCHEZ MEZA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nro. 76.505, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, Sociedad Mercantil 123.COM.VE, C.A. (Anteriormente denominada ORBITEL DE VENEZUELA C.A.), inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital en fecha 6 de febrer.....