Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, DECLARA:
Primero: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, realizado en fecha 28 de julio de 2025, por el abogado NICOLAS JIMENÉZ VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el número 50.969, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ISMAEL JIMENEZ VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V.-6.201.569, parte accionante, contra el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercan.....