Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA: PRIMERO: Conforme quedo establecido precedentemente, y de conformidad con lo establecido en los artículos 645, 646 y 647 literal "h", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se DECRETA EL CUMPLIMIENTO y EN CONSECUANCIA EL CESE de la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD que cumplió el sancionado NOMBRE Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, por el lapso de DOS (2) MESES y QUINCE (15) DÍAS, la cual le fue impuesta por incumplimiento de la sanción de Semi-Libertad que le impuso éste Tribunal en sustitución de la sanción de Privación de Libertad que originalmente le había impuesto el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Funciones .....