Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los cónyuges, ciudadanos PEDRO DE JESUS AGUILERA ORDOSGOITE y OLGA MARGARITA ZAPATA, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 02 de enero de 1995, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Libertad, Municipio Cajigal del Estado Sucre.