Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 16 de diciembre de 2020, por el abogado ROMMEL ANDRES ROMERO GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 92.573, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha 11 de marzo de 2020, en el juicio que por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoara el ciudadano RAFAEL ENRIQUE GARRIDO PEREZ, contra la ciudadana MARÍA FERNANDA SOLEDAD SANTAELLA.
Segundo: Como consecuencia de la admisión del recurso de casación anunciad.....