En cuanto a las medidas de protección y seguridad solicitadas por el Ministerio Público las medidas de protección y seguridad aplicada, en consecuencia, se imponen las contenidas en los numerales 1, 5, 6, y 13 del artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo cual, la ciudadana víctima y el Imputado, deberá comparecer por ante el Equipo Multidisciplinario, quien es Órgano Auxiliar de los Tribunales de Violencia contra la Mujer. por otra parte, SE LE PROHIBE al ciudadano RAMÍREZ RAMÍREZ JESÚS EMIRO, el acercamiento a la mujer agredida y realizar actos de persecución, intimidación o acoso por si o por terceras personas. SE ORDENA EL ARRESTO TRANSITORIO por CUARENTA Y OCHO (48) HORAS de conformidad con el articulo 87 numeral 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Se acuerda que en su oportunidad legal sean remitidas las presentes actuaciones a la Fiscalía 134º del Ministerio Público .....