Finalmente, y por cuanto desde el día 13 de marzo de 2020 al 02 de octubre de 2020, ambas fechas inclusive, no hubo despacho en virtud de los Decretos de Emergencia emanado del Ejecutivo Nacional en relación a la Pandemia del Covid-19 y, en fecha 01 de octubre de 2020, mediante la cual la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia resolvió que ningún Tribunal despachara desde el lunes 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020, ambas fechas inclusive, y, vista la resolución numero 008-2020 de fecha 01 de octubre de 2020, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual resuelve: que los Tribunales de la Republica laboraran durante la semana de flexibilización decretada por el Ejecutivo Nacional, atendiendo a las recomendaciones emitidas por la Comisión Presidencial para la Prevención, Atención y Control del COVID 19, se consideraran hábiles de Lunes a Viernes para todos los Tribunales de la Republica debiendo tramitar y sentenciar todos los asunto.....