En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO del estado de SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos, LUÍS OSCAR ORAMA REYES y JUDITH ELENA CARRILLO GIL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.945.123 y V-6.440.335, respectivamente, decretada en fecha veinte (20) de diciembre de dos mil diez (2010). En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha treinta y uno (31) de marzo de dos mil seis (2006), ante la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DE LA PARROQUIA LA CANDELARIA, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, según consta de Acta de Matrimonio Nº 16, año 2006, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano.
Regístre.....