Admitida la Acusación, el Ciudadano juez informa al Acusado de las medidas alternativas a la prosecución del proceso y del procedimiento especial por admisión de los hechos, previsto en los artículos 40, 41, 43 y 375 Del Decreto con Rango valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria 6.078 de fecha 15/06/2012, explicándole cada uno de ellos y su procedencia, de seguidas la ciudadana jueza pregunta al Acusado si esta dispuesto a acogerse a alguna de las formulas o al procedimiento, manifestando el ciudadano FERNANDO JOSÉ BRITO BERNAL, Titular de Cedula de Identidad Nº V- 22.748.165, lo siguiente " No admito los hechos deseo ir a Juicio " Es Todo
En relación a la solicitud efectuada por el Ministerio Público y fundamentada en forma oral, de prorrogar el lapso de detención del imputado, en razón de la cercanía del lapso de dos años a que hace referencia la Ley, fundamentado en la grave.....