DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto interpuesto por la abogada ISABEL CASTAÑEDA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.516, actuando en su propio nombre y representación, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, que declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ISABEL CASTAÑEDA GIRAL, venezolana, mayor de edad de este domicilio identificado con la cedula V- 4.114.101, abogada en ejercicio, Inpreabogado N° 36.516, actuando en Nombre Propio como copropietaria del apartamento 8D de las residencias Caroni , Av. Principal San Francisco, Urbaniz.....