En consecuencia a lo expuesto ut supra, esta Sala de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA PLENAMENTE a la ciudadana ANA YOLANDA GONZALEZ DE NUCETE, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-5.564.504, para que en nombre y representación de su menor hija SSSSSSSSSSSS, de QUINCE (15) años de edad, proceda a la venta de la cuota parte que le corresponde sobre el siguiente inmueble: una Quinta destinada a la vivienda y su parcela de terreno ubicada en la Urbanización Prado del Este, Calle Oriente, Manzana "E", Municipio Baruta del Estado Miranda, los cuales se encuentran debidamente protocolizados por ante la Oficina de Registro Subalterno del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 20/06/1969, bajo el número 52, Folio 293, Tomo 39, Protocolo Primero y ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Publico del Municipio Baruta del Esta.....