DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la FALTA DE CUALIDAD opuesta por la demandada, SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACIÓN Y OTROS CONCEPTOS LABORALES a demanda incoada por el ciudadano EDGAR GUILLERMO ALVARADO CARLY venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad No. V-5.561.023, en contra de la demandada CERVECERIA POLAR, S.A.. CERVECERIA POLAR, S.A.: Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 14 de marzo de 1941, con el N° 323, Tomo 1, expediente N° 779, cuya última modificación integral de su Documento C.....