Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la ACCIÓN DE AMPARO incoada por VILMA CANELON, contra la DIRECCIÓN DE LA OFICINA DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y GESTIÓN INTERNA DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT); y REGISTRADORA DEL REGISTRO INMOBILIARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, identificados al inicio de esta decisión, SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la materia para conocer del presente asunto y como consecuencia de ello, DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a fin que conozca del mismo.