PRIMERO: CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano Frank José Quijada Carmona, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.459.792 contra la CERVECERIA POLAR, C.A. En consecuencia, SE ORDENA a la referida empresa, a dar inmediato cumplimiento al auto de fecha 02 de mayo de 2016, dictado por la Inspectoría del Trabajo Miranda - Este, la cual ordeno el reenganche y restitución de derechos infringidos en su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que poseía para el momento del ilegal despido y/o desmejora, así como la consecuente cancelación de los salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir, por lo que ante la infracción de lo previsto en los artículos 87, 89, 91, 93 95 y 131, de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, se ordena su restablecimiento inmediato en las mismas condiciones o las más similares con el expreso mandamiento que el presente dispositivo sea acatado por todas.....