consignada como fue por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de este Circuito Judicial del Trabajo, con la finalidad de poner fin a la presente litis, este Juzgado que conoció en fase de Sustanciación, a los fines de impartir la correspondiente Homologación, dándole efecto de cosa juzgada, revisó las actas procesales, a los fines del pronunciamiento. En consecuencia, esta Juzgadora, administrado Justicia y por autoridad de la Ley, declara: por cuanto el Desistimiento del Procedimiento ut supra indicado, fue presentado por la representación judicial de la parte Actora, quien tiene la facultad expresa en el instrumento poder que riela al físico del expediente, tal como lo ordena el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, y como quiera que manifiesta que desiste de la demanda por cobro de prestaciones sociales, que tiene incoado contra la sociedad mercantil SANTA BÁRBARA AIRLINES C.A., en su condición de parte Demandada; este Juzgado observa que ta.....