DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA NEGAR la revisión de la medida de privación de libertad acordada al imputado COLMENARES BRACHO JOSE ALI, solicitada por su abogado defensor DRA. ANGELA JARAMILLO, conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, dictada en contra de su defendido en audiencia oral celebrada ante este Juzgado en fecha 01-03-07, por no haber cambiado las circunstancias de hecho y de derecho que dieron lugar a la misma; todo ello en virtud a lo establecido en los artículos 250, 251 Y 252 en relación con los artículos 1, 12, 13 y 19 ejusdem; y los artículos 19, 23 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 8, 24 y 25 de la Convención Americana de los.....