Ahora bien, de lo expuesto anteriormente, es evidente que el apoderado actor, en su libelo invoca su derecho, pretendiendo el cumplimiento de un contrato de compra venta, el pago de una cantidad de dinero por concepto de daños y perjuicios de manera no subsidiaria, y al pago de una cantidad de dinero por concepto de honorarios profesionales que deben ser deducidas del anterior concepto, que dan origen a dos figuras jurídicas distintas como son el cumplimiento de un contrato y al cobro de honorarios profesionales, las cuales se rigen por procedimientos distintos, en virtud de la cuantía estimada por el actor a la demandada, ya que la primera de las pretensiones no se encuentra amparada o prevista bajo ley especial alguna, por lo cual deba tratarse por un procedimiento especifico, y en consecuencia debe tramitarse por las disposiciones relativas al procedimiento oral, contenidas en los artículos 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, de conformidad a lo dispuesto en el artí.....