En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la representación judicial de la parte actora, ciudadana PETRA DEL VALLE RUIZ TOVAR, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.963, contra la sentencia dictada por el Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha nueve (9) de enero de 2020, en consecuencia, se confirma con distinta motivación el fallo apelado. Así se decide. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.