Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de acción mero declarativa de concubinato incoada por el ciudadano MIGUEL EDUARDO MONASTERIOS ROJAS y PETRA DEL VALLE MARTINEZ FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V.6.291.229 y V-10.220.799, respectivamente, quedando por tanto establecido que los referidos ciudadanos mantuvieron una relación concubinaria de hecho.
SEGUNDO: SE DECLARA reconocida jurisdiccionalmente la unión de hecho estable o de concubinato entre el ciudadano MIGUEL EDUARDO MONASTERIOS ROJAS y PETRA DEL VALLE MARTINEZ FIGUEROA, ambos identificados, desde el año 1983, hasta el mes de agosto de 2006.
TERCERO: Dad.....