Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite el Recurso de apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por las abogadas LAILA HIDALGO GARCIA y NORKA AMUNDARAY ROJAS, en su carácter de Defensoras de los ciudadanos MANUEL SANCHEZ, GILBERTO CONTRERAS, JULIO CARUCI, JOSE QUERECUTO, LUIGI TIRADO, JAVIER MUÑOZ, ALEXIS RODRIGUEZ, LUIS EDUARDO PEREZ, JONATHAN FIGUERA, JAVIER FERNANDEZ, ISIDRA PEROZO, ERICK MARIN, JOHAN ARANGUIBEL, HUGO ANDRADE, DANIEL SALAZAR, CARLOS CALATAYUD, DARRIL PEREZ, YORDY PARRA, YOHAN PEREZ, HENRY MORENO, HECTOR RAMIREZ Y RAMON DURAN, y.....