Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional, incoado por el ROSNELL CARRASCO, titular de la cedula de identidad V- 17.742.360, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 171.658, actuando presuntamente en representación de los ciudadanos Siria Teresa Baptista, Jaidikel García, Mary Isabel Izcategui, Bepsi Colorado, Joiner Baptista, Bepsaye García y Miris de García, titulares de las cédulas de identidad V- 6.874.010, 13.728.156. 15.834.062, 10.280.031, 18.734.424, 13.728.157 y 4.844.677, respectivamente, contra el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DEL ESTADO MIRANDA (INVIAMI).
2.- ADMITE la acción de amparo constitucional.
3.- ORDENA la citación del ciu.....