En Torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 25 de junio de 2009, por la abogada JOSETTE MAGGIE GÓMEZ HENRÍQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.564, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana VANESSA OLAYA ORTA, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.559.444, contra el FONDO GUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACIÓN (FIDES), por la violación de los artículos 75, 87, 89, 91, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica del Trabajo.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se ordena al el FONDO GUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACIÓN (FIDES), a dar cumplimiento a la Providencia Administ.....