Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MIGDALIA JANNETH PINEDA y RICARDO JOSE RIVAS RIVAS, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-9.096.767 y V-11.482.157, respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, quienes contrajeron matrimonio en fecha veintiséis (26) de junio de 1996, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, del Municipio Libertador del antes Distrito Federal, actualmente Distrito Capital, asentada bajo el acta Nº 127, folio 127 vto, de los Libros de Registro Civil de Actas de Matrimonios llevados por ante ese Despacho, correspondientes al año 1996. En cuanto.....