Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas declara procedente y en consecuencia CON LUGAR la oposición realizada en contra de la intimación ordenada a la parte demandada para que exhiba los siguientes documentos: marcado con la letra "A" correo electrónico enviado por el señor Antonio Marrufo Ruiz, representante de NAVIADUANA ANT & ELI, S.A., desde su correo electrónico antelisa2004@hotmail.com al Señor Nelson Marín, Presidente de AGENA, a sus correos njnmarin@ajena.com.ve y nm@agensapanama.com, cuya impresión consta en el folio doscientos siete (207) de la pieza principal número 01 y en segundo lugar marcados con las letras "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J" y "K", los correos electrónicos enviados por la Licenciada Kimberly Salcedo, de la Gerencia de Administración de AGENA, desde su correo corporativo ksalcedo@agena.com.ve a la empresa NAVIADUANA ANT & ELI, S.A., a sus correos e.....