Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO N° 525, de fecha 10 de marzo de 1981, expedida ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, intentada por la ciudadana AUDREY KAROLINA CASTRO CEPEDA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 14.531.116.
SEGUNDO: Se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento N° 525, de fecha 10 de marzo de 1981, expedida ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente a la ciudadana AUDREY KAROLINA CASTRO CEPEDA, en cuanto al número de Cédula de .....