Por los razonamientos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento del ciudadano José Antonio Tahan Bittar, quien nació en la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, el día 10 de marzo de 1987, hijo de María Gabriela Tahan Bittar, titular de la cédula de identidad N° V-8.748.872.
SEGUNDO: En consecuencia, téngase la presente sentencia, una vez inscrita en los Libros de Registro Civil correspondientes, como prueba supletoria de la partida de nacimiento del ciudadano José Antonio Tahan Bittar, ya identificado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 506 del Código Civil, y artículo 151 de la Ley Orgánica de Registr.....