PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado en fecha 24 de noviembre del año 2018, por la abogada ANNA SILVA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada el 20 de noviembre del 2018, por el Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y,
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de desalojo, incoada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES MIL QUINCE C.A., inscrita en ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Miranda en fecha 10 de octubre de 1979, bajo el Nº 32, Tomo 65-A-Sgdo, contra la Sociedad Mercantil HALCON PARTE C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Miranda, en fecha 29 de enero de 1980, bajo el Nº 41, Tomo 4-A Sgdo, y, en consecuencia, condenarse a la parte demandada a entregar a la parte actora, el inmueble constituido por el .....