En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpuso la sociedad mercantil OPERADORES MARINOS JCX, C.A., contra la sociedad mercantil ENERGY COAL DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil ENERGY COAL DE VENEZUELA, C.A. a pagarle a la sociedad mercantil OPERADORES MARINOS JCX, C.A., las siguientes cantidades de dinero:
a) La cantidad de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON 72/100 CÉNTIMOS (Bs.18.627.849,72), por concepto del pago de los daños y perjuicios solicitados derivados del contrato de gestión de buques estándar del Consejo Marítimo Báltico e Internacional (BIMCO), celebrado entre las partes y que abarca el per.....