PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto, por el ciudadano Antonio José Riveros, titular de la cedula de identidad Nº 1.925.092, debidamente asistido por el abogado Marcelino Padrón Almerida; contra el auto de fecha 21 de marzo de 2011, dictado por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de marzo de 2011. Así mismo el aquo deberá observar y acatar lo dispuesto en el decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas a los fines subsiguientes en el presente proceso.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
REMITASE copia certificada de la anterior decisión al JUZGADO SEPTIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.