** Dispositiva.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia de fecha 12 de julio de 2018, efectuada por los abogados CESAR AUGUSTO CONTRERAS SEQUERA, JOHANNA DEL VALLE CURSEY ESAA Y EDINSON JOEL SOLORZANO CARMONA en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora BANCO CARONÌ, C.A., BANCO UNIVERSAL, en el juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, sigue BANCO CARONÌ, C.A., BANCO UNIVERSAL contra REPRESENTACIONES MOBRAN.
Téngase la presente Aclaratoria como parte integrante del fallo dictado por éste Juzgado en el presente proceso, fecha 12 de junio de 2018.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
LA JUEZ,
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.
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