DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE conforme a lo establecido en los numerales 2 y 5 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto interpuesto por el ABG. GUILLERMO GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 96.821, en su condición de apoderado judicial del ciudadano LUIS MANUEL GRANADILLO, en contra de la sentencia absolutoria de fecha 27 de mayo del año 2013, cuya publicación de su texto integro se llevo a cabo el 4 de julio del mismo año, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano PERDOMO MIRANDA OMAR ALBERTO, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 42 del Código Penal. SEGUN.....