DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada MARIA LAURA MOLINA SANDOVAL, Defensora Pública Cuadragésima Primera Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora del ciudadano TORRES CHACÓN AGUSTÍN JOSÉ, y a tal efecto, se REVOCA la decisión dictada en fecha 20 de noviembre de 2009, por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual "NIEGA la solicitud realizada por la Defensa en el sentido le sea acordada la inmediata libertad al referido ciudadano, según lo establecido en el artículo 244 ejusdem", y en su lugar se DECLARA EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD que goza el preno.....