DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 437 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto, por el Abogado en ejercicio TOMAS ANTONIO PEREZ, en su carácter de Defensor de los ciudadanos GREGORIO GUEVARA SÁNCHEZ y RUBÉN DARIO DUQUE AFRICANO, en contra de la decisión dictada el 09 de Agosto de 2010, con resolución judicial fundada el 18 de agosto de 2010, por el Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreta La Nulidad de la Audiencia Preliminar, y del Auto de Apertura a Juicio en base al orden público constitucional, y .....