DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta SALA DOS DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado YONNYS APONTE, Defensor Público Nonagésimo (90º) del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano: LEIBER ENRIQUE PACHECO, en contra de la decisión dictada en fecha 25 de mayo de 2014, por el Juzgado Trigésimo (30º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó para su representado la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido con los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, artículo 237 numerales 2 y 3, concatenado con el artículo 238 numeral 2, todos del texto adjetivo pe.....