PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado GABRIEL CEDEÑO PEREZ, Defensor Público Penal Cuadragésimo Quinto (45º) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de Defensor del imputado KLEIBERT ALBERTO PIÑERO AVELLANEDA, cedulado bajo el Nº V-21.534.684, contra la decisión dictada en fecha 06-11-2012, por el Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decretó MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a su asistido, por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO, tipificado en el artículo 456 del Código Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 251, numerales 2, 3 y Parágrafo Primero y 252, numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación presentado por el Abogado FRANKLIN E. ROMERO SANCHEZ, actuando en su carácter de Fiscal.....