DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA BEATRIZ MADRID, en su carácter de defensora de los ciudadanos LEONARDO JOSÉ MONTILLA RAMÍREZ, SOCRATES JAIME SALAZAR PINTO, YERITH REINALDO LÒPEZ SUMOZA y MARIELA MARGARITA CAIBE ASCANIO, fundamentando en el artículo 439 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra de la decisión emanada del Juzgado Trigésimo Octavo (38º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 07/04/2014, mediante la cual en audiencia oral de presentación para oír al imputado decretó la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad para sus representados, conforme con el artículo 236 numerales.....