PRIMERO: Declara con lugar la pretensión planteada en el recurso de apelación interpuesto el 23-3-2009 por el Abg. REINALDO ISEA CHIRINOS, en su carácter de Defensor de IVER EDUARDO ESPINO MENDEZ, relativa a que se declarara la libertad de su patrocinado.
SEGUNDO: Decreta la nulidad del pronunciamiento mediante el cual el 14-3-2009 el Juez 24º de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, ordenó la custodia en cárcel de IVER EDUARDO ESPINO MENDEZ, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 434 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena que un juez de control distinto al Abg. CRISTOBAL MARTINEZ MURILLO, en un plazo máximo de 48 horas contadas a partir del recibo de las presentes actuaciones, celebre una nueva audiencia en la que prescindiéndose del vicio de inmotivación señ.....