D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSÉ MIGUEL LOMBARDO, en su carácter de defensor de los ciudadanos MONTEZUMA ESPINOZA NORBERTO JOSÉ y RAMOS ESPINOZA YESIKA CAROLINA, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de marzo de 2012, por el Juzgado Trigésimo Primero (31°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, con ocasión de la audiencia de presentación para oír al imputado, mediante la cual decretó en contra de los referidos ciudadanos medida judicial privativa preventiva de libertad, conforme a lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 1, 2.....