En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación presentada el 7 de febrero de 2008, por la Fiscal Auxiliar Octogésima Segunda (82°) del Ministerio Público con competencia en ejecución de sentencias de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abogada Dusay de La Cruz Dueñas González, y en consecuencia Confirmar la decisión dictada el 23 de enero de 2008, por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, en la cual otorgó al penado José Antonio González Sosa, la formula alternativa de cumplimiento de pena de régimen abierto