Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
1. Declara admisible, el escrito contentivo de la recusación presentado por el abogado Alejandro Claret Leal Mármol, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Favio Jesús Niño Sala, Carlos Luis Cortes Burgos, Ramón Celestino Ojeda Rengifo, Graciliano Antonio Oberto, José Luis Bravo, Freddy Eduardo Bermúdez Altamar, Franklin Escobar Sarmiento, Ismael Antonio Romero Romero, Zamudio Hurtado Leonar Alexander, Salinas Leyva Alberto, y Vélez Zúñiga José Mauricio, contra el abogado Francisco Javier Estaba Sarmiento, Juez Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal.
2. Declara admisible el acta de la audiencia celebrada el 25 de abril de 2.....