V
DECISIÓN
En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Sala 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada ZORAIDA BRAVO CACERES, Defensora Publica Provisoria 50ª Penal del ciudadano: GREGORIO ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ, ambos identificados suficientemente, contra el auto dictado en fecha 2 de marzo de 2015 por el Tribunal Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró sin lugar el decaimiento de la medida de privación judicial preventiva privativa de libertad que pesa contra el mencionado ciudadano, conforme a lo previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de Abus.....