Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 22 de enero de 2008, por la abogada Nellytza Azuaje, Defensora Pública Cuarta Penal (E) de esta Circunscripción Judicial, conforme lo preceptuado en el artículo 523 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 15 de mayo de 2000, por el Juzgado Accidental Cuarto del Tribunal Quinto para el Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano Luis Reinaldo González González, a cumplir la pena de seis (06) años de prisión, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 455.3.5 del Código Penal, y en consecuencia ABSUELVE al referido ciudadano de los cargos fiscales formulados el 14 de diciembre de 1998,.....